Ley de Faltas
Aunque pueda sonar a broma, muchos juicios que determinaron tareas comunitarias han sido apelados, porque se considera que cuando la ley de faltas indica como “castigo” barrer un espacio público, eso es considerado “trabajo forzado”, prohibido por la Constitución.
Tercer bloque y segunda parte del diálogo de los periodistas Miguel Nogueira y Gabriel Romano con los abogados Dr. Luis Ferrari, presidente de la Asociación de Defensores Públicos del Uruguay y la Dra. María Eugenia Elso, Defensora de Oficio en Maldonado.